Tras el feriado por la Independencia de Guayaquil, Ecuador tendrá dos nuevos periodos de descanso en noviembre, incluido uno de cuatro días. Conozca cuándo serán los próximos feriados nacionales

Visitantes recorren la Plaza de las Flores, junto a la iglesia del Carmen de la Asunción, en el centro histórico de Cuenca, uno de los destinos turísticos de Ecuador.- FotoEcuador Travel / Ministerio de Turismo
Autor: Redacción Primicias
Actualizada: 11 Oct 2026 - 14:58
El feriado por la Independencia de Guayaquil termina este domingo 11 de octubre de 2026, pero los ecuatorianos no tendrán que esperar demasiado para disfrutar de un nuevo descanso nacional.
Según el calendario de feriados del Viceministerio de Turismo, el próximo asueto será en noviembre, cuando se unirán dos celebraciones nacionales para formar cuatro días consecutivos de descanso.
Además, antes de finalizar el año, Ecuador tendrá otra jornada libre dispuesta por el Gobierno y el tradicional feriado de Navidad.

El próximo feriado nacional comenzará el sábado 31 de octubre y se extenderá hasta el martes 3 de noviembre, debido a la conmemoración de dos fechas.
El lunes 2 de noviembre corresponde al Día de los Difuntos, mientras que el martes 3 se recuerda la Independencia de Cuenca. Ambas son fechas de descanso obligatorio en todo el país.
Al coincidir con el fin de semana, los trabajadores que cumplen una jornada habitual de lunes a viernes tendrán cuatro días libres y retomarán sus actividades el miércoles 4 de noviembre.
Después del asueto de octubre, el calendario nacional contempla tres fechas de feriado obligatorio y una suspensión adicional de la jornada laboral.
El presidente Daniel Noboa suspendió la jornada laboral del viernes 20 de noviembre, tanto para el sector público como para el privado, con el objetivo de promover la participación ciudadana en el Festival Internacional de Artes Vivas de Loja.

Imagen de referencia del Festival Internacional de Artes Vivas Loja (FIAVL), 16 de julio de 2026.Cuenta de X: @MunicipioDeLoja
La medida consta en el Decreto Ejecutivo 507, firmado el 22 de septiembre de 2026, y establece que la jornada suspendida no será recuperable. Es decir, las horas no trabajadas ese viernes no deberán compensarse posteriormente.
El decreto también dispone que se mantenga la atención de servicios básicos y esenciales, como salud, energía eléctrica, agua potable, bomberos, transporte y servicios bancarios.
Fuente: Primicias